º . Trasládase del Ministerio del Tesoro, capítulo 84, gastos varios, artículo 749, la suma de $ 1.000,000, así: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 69 Ferrocarriles. Artículo 633 bis. Para la continuación de la línea de Cali a Cartago, y de Cali a Popayán, y .para el ramal de Armenia que se menciona en el artículo 1º de la. Ley 67 de 1923. $ 1.000,000
Decreto 1659 de 1923 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1659 de 1923 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de gastos de la vigencia económica actual
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.