°. El Comité ejercerá las siguientes funciones
Impulsar dentro del marco legal y sin obstaculizar la labor de los organismos competentes diligencias y gestiones pertinentes, relacionadas con las investigaciones en materia de derechos humanos.
Realizar una atenta vigilancia y control con relación a estas investigaciones.
Coordinar e impulsar con los funcionarios competentes de cada entidad, el desarrollo de las investigaciones para colaborar armónicamente en la realización de sus fines.
Producir y divulgar reportes públicos trimestralmente sobre los adelantos en las investigaciones, sin atentar contra el principio de la reserva sumarial.