Funciones. El Consejo Nacional del Libro ejercerá las siguientes funciones
Asesorar al Gobierno nacional, a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y el Ministerio de Educación Nacional, en la formulación de políticas, planes y programas para el fomento del libro, la lectura, la escritura y la oralidad como medios esenciales de transmisión de la cultura, el conocimiento, la investigación y la ciencia y como medios integradores de la sociedad y servir como órgano consultivo de dicha instancia en las áreas propias del objeto y funciones del Consejo.
Servir de espacio de encuentro y concertación entre los Ministerios de las Culturas, las Artes y los Saberes y Educación, otras instituciones gubernamentales vinculadas al desarrollo del libro y la lectura, las organizaciones no gubernamentales, los creadores y productores, representantes del sector privado y demás instituciones públicas y privadas que realicen actividades en la materia.
Proponer a las instancias competentes, políticas y programas de promoción de la industria editorial como estrategia de desarrollo económico y social, y promover acciones de incentivo a la exportación y comercialización del libro, como actividad de alta potencialidad económica.
Promover ante las instancias competentes el desarrollo de políticas y programas, así como la aplicación de instrumentos que permitan implementar y hacer seguimiento y evaluación de los mismos, esto enfocado en la formación de lectores con el fin de contribuir a la construcción de una sociedad democrática, e impulsar el compromiso del sector educativo en la formación integral de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y personas adultas en relación e interacción con sus comunidades y la sociedad global.
Impulsar la adopción de medidas de protección y de fomento a una cultura de respeto al derecho de autor y cooperar con las instituciones públicas competentes en la materia.
Apoyar y promover el desarrollo de diagnósticos y estudios en las materias objeto de su competencia, así como las relaciones de cooperación y espacios de encuentro entre editores, investigadores, autores, libreros, docentes y bibliotecarios, hacia quienes estarán igualmente dirigidas las acciones del Consejo.
Conformar las mesas técnicas permanentes o transitorias para el cumplimiento de las funciones del Consejo.
Expedir el reglamento interno del Consejo Nacional del Libro.
Las demás que correspondan a un órgano asesor y consultivo de esta naturaleza.