CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN . Son circunstancias de atenuación las siguientes: 1 Confesar la falta antes de la formulación de cargos o de la citación a audiencia. 2 Haber sido inducido por un superior a cometerla. 3 Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de que le sea impuesta la sanción. 4 Demostrar diligencia y eficiencia en el desempeño del servicio. 5 La no trascendencia social de la falta. 6. Cometer la falta por motivos nobles o altruistas. 7. La buena conducta anterior. 8. Estar en desempeño de funciones que ordinariamente corresponden a un militar de mayor grado, si la falta consiste en un incumplimiento de deberes inherentes a dichas funciones.
Decreto 1797 de 2000 →Vigente
Artículo 62
Circunstancias De Atenuación
Decreto 1797 de 2000 · por el cual se expide el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia