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Artículo 4

Requisitos Para Obtener La Declaratoria De Existencia De Una Zona Franca Permanente Especial Y Reconocimiento Del Usuario Industrial En Los Departamentos De Putumayo, Nariño, Huila, Caquetá Y Cauca

Decreto 2129 de 2011 · por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Especiales en los departamentos de Putumayo, Nariño, Huila, Caquetá y Cauca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Requisitos para obtener la declaratoria de existencia de una zona franca permanente especial y reconocimiento del usuario industrial en los departamentos de Putumayo, Nariño, Huila, Caquetá y Cauca. Para obtener la declaratoria de existencia de una zona franca permanente especial en los departamentos de Putumayo, Nariño, Huila, Caquetá y Cauca, quien pretenda ser usuario industrial de la misma deberá acreditar los siguientes requisitos

1.

Constituir una nueva persona jurídica, domiciliada en el país y acreditar su representación legal o establecer una sucursal de sociedad extranjera legalizada de acuerdo con las exigencias del Código de Comercio.

2.

Acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en los literales c), d), f) y h) del artículo 76 del Decreto 2685 de 1999.

3.

Allegar la hoja de vida de la totalidad del personal directivo y de los representantes legales.

4.

Realizar, dentro de los dos (2) años siguientes a la declaratoria de existencia, una nueva inversión por un monto igual o superior a cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes (5.000 smmlv) y crear, por lo menos, cincuenta (50) nuevos empleos directos y formales. A partir del segundo año siguiente a la puesta en marcha del proyecto deberá mantenerse mínimo el noventa por ciento (90%) de los empleos a que se refiere este numeral.

5.

Presentar el Plan Maestro de Desarrollo General de la zona franca permanente especial aprobado por la Comisión Intersectorial de Zonas Francas.

6.

Allegar estudio de títulos de propiedad de los terrenos sobre los que se desarrollará físicamente el proyecto de la zona franca permanente especial.

7.

Adjuntar plano topográfico y fotográfico con la ubicación y delimitación precisa del área para la que se solicita, la declaratoria y los linderos de la misma.

8.

Anexar certificación expedida por la autoridad competente en cuya jurisdicción se pretenda obtener la declaratoria de existencia de la zona franca permanente especial, en la que se manifieste que el proyecto está acorde con el plan de desarrollo municipal o distrital y se encuentra conforme con lo exigido por la autoridad ambiental.

9.

Allegar certificados de registro de libertad y tradición de los terrenos que formen parte del área que se solicita declarar como zona franca permanente especial, expedidos por la respectiva oficina de registro de instrumentos públicos.

10.

Adjuntar certificación expedida por la autoridad competente que acredite que el área que pretenda ser declarada como zona franca permanente especial puede ser dotada de servicios públicos domiciliarios.

11.

Presentar proyección de la construcción del área destinada para el montaje de las oficinas donde se instalarán las entidades competentes para ejercer el control y vigilancia, de las actividades propias de la zona franca permanente especial y del área de inspección aduanera.

12.

Presentar cronograma en donde se precise el cumplimiento de los siguientes compromisos de ejecución del proyecto

a)

Cerramiento del ciento por ciento (100%) del área declarada como zona franca permanente especial antes del inicio de las operaciones propias de la actividad de zona franca, de manera que la entrada o salida de personas, vehículos y bienes deba efectuarse necesariamente por las puertas destinadas para el control respectivo.

b)

Ejecución dentro de los dos (2) años siguientes a la declaratoria de existencia de la zona franca permanente especial del ciento por ciento (100%) de la nueva inversión incluyendo la instalación de activos fijos reales de producción tales como maquinaria y equipo para el desarrollo del proceso productivo y montaje de los demás bienes necesarios para la ejecución del proyecto.

c)

Generación del empleo directo y formal, a la puesta en marcha del proyecto.

13.

Presentar dentro del Plan Maestro de Desarrollo General de la zona franca permanente especial un componente de reconversión industrial, de transferencia tecnológica o de servicios.

14.

Presentar un programa de sistematización de las operaciones de la zona franca permanente especial para el manejo de inventarios, que permita un adecuado control por parte del usuario operador, así como de las autoridades competentes y su conexión al sistema de comunicaciones y de transmisión electrónica de datos y documentos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y cronograma para su montaje.

15.

Postular a la persona jurídica que ejercerá las funciones de Usuario Operador.

16.

Los demás exigidos por las normas especiales que regulen la actividad que se pretenda desarrollar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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