°. D isposiciones presupuestales en materia contractual. Para efectos de lo previsto en el presente decreto los recursos que en el proceso de Supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, hayan sido comprometidos y no pagados por el Fondo Rotatorio del DAS, deberán ser girados al Archivo General de la Nación, para que efectúen los pagos correspondientes en los términos señalados en los contratos cedidos o subrogados. En consecuencia, no se requerirá ninguna operación presupuestal adicional, debiendo efectuar un giro de caja y reflejarse contablemente en cada una de las entidades. Autorízase al Archivo General de la Nación para terminar la cadena presupuestal a través del SIIF Nación en la sección presupuestal 0602. La administración del SIIF Nación habilitará al Archivo General de la Nación para que pueda hacer los registros presupuestales del caso.
Los remanentes financieros del Fondo Rotatorio del DAS, una vez cumplidas las obligaciones previstas en el presente decreto, deberán ser consignados al Tesoro Nacional.