Artículo primero. Distribuyese la partida presupuestal para el pago de los servicios personales del personal de la Sección encargada del Impuesto a las Ventas, que figura en el Capítulo 0252, artículo 2525-A, del presupuesto vigente de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la siguiente forma: Capítulo 0252, artículo 2525-A. Ordinal 1°Sueldos del personal de nómina en la planta de la Administración de la División de Impuestos Nacionales $ 490.886.00 Ordinal 2° Prima de Navidad correspondiente al personal incluido en la Administración de la División de Impuestos Nacionales 186.400.00 Ordinal 3° Sueldos del personal de nómina perteneciente a la planta de Administraciones y Recaudaciones de Impuestos 1.000.000.00 Ordinal 4° Prima de Navidad correspondiente al personal de Administraciones y Recaudaciones 322.714.00
Decreto 2217 de 1965 →Vigente
Artículo 2525
-A, Del Presupuesto Vigente De Gastos De Funcionamiento Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En La Siguiente Forma: Capítulo 0252, Artículo 2525-A
Decreto 2217 de 1965 · por medio del cual se distribuye la partida "para el pago de los servicios personales del personal de la Sección encargada del Impuesto a las Ventas", concedida como crédito adicional por Decreto 750 de marzo de 1965, al presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.