Micelio

Artículo 2.1.1.7.4.4

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Información sobre la implementación del Acuerdo Final. El Portal para la Paz contendrá como mínimo la siguiente información

1.

Información general y discriminada sobre el Acuerdo Final para facilitar el entendimiento a los ciudadanos de los contenidos del mismo.

2.

Información de la estructura institucional de la implementación del Acuerdo Final que permita a la ciudadanía conocer cuáles son los roles y las entidades del Gobierno nacional que hacen parte del Acuerdo.

3.

Informes de avance del cumplimiento a los compromisos del Plan Marco de Implementación en articulación con el Departamento Nacional de Planeación.

4.

Información del avance en la ejecución de los recursos identificados para La implementación de Paz a través del SIIPO.

5.

Informes de la gestión que se realiza en el marco de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz.

6.

Información sobre los mecanismos de Participación Ciudadana establecidos para el seguimiento a la implementación del Acuerdo Final.

7.

Información georreferenciada de la inversión pública destinada para la implementación del Acuerdo Final.

Parágrafo

El Portal para la Paz, según las necesidades se podrá articular con otros sistemas de información, plataformas o portales de las entidades que manejen o produzcan información relacionada con la implementación del Acuerdo Final.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015