Art. 4º Los documentos por saldo del empréstito del Comité de pagarés del Tesoro, de 14 de Febrero de 1883, serán considerados, para su autorización por remates, conforme a la ley 87 de 1886 , como incluidos o asimilados á los pagarés del comité de tenedores de pagarés del Tesoro.
Ley 56 de 1887 →Vigente
Artículo 4
Ley 56 de 1887 · adicional y reformatoria a las 44, 50 y 87 de 1886
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.