º . Créase dentro del Ministerio ole Relaciones Exteriores, para, el manejo de los recursos destinados a financiar los gastos que demande la preparación y elaboración de proyectos y estudios, así como el traslado y permanencia del personal técnico para la prestación de la asistencia técnica colombiana a que se refiere el articulo anterior, una cuenta especial denominada "Fondo de Cooperación y Asistencia Técnica para Centroamérica y el Caribe". El Fondo estará conformado por los aportes que se le destinen en los presupuestos de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Defensa, Nacional y Desarrollo Económico y en el Departamento Nacional de Planeación.
Decreto 2157 de 1982 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2157 de 1982 · por el cual se adopta medidas para la integración de Colombia con los países centroamericanos y del Caribe.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.