Micelio

Artículo 61

Oficina De Relación Estado-Ciudadano

Decreto 120 de 2026 · por el cual se establece la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Relación Estado-Ciudadano . Son funciones de la Oficina de Relación Estado-Ciudadano las siguientes

1.

Diseñar el Modelo Institucional de Relación Estado-Ciudadano, incorporando atributos de lenguaje claro, accesibilidad, inclusión, diálogo y participación, de conformidad con la normativa vigente, las metodologías del Gobierno nacional y los procesos del Ministerio.

2.

Coordinar la caracterización de los grupos de valor y el análisis del relacionamiento entre el Estado y la ciudadanía, en conjunto con las dependencias técnicas, administrativas y de comunicaciones del Ministerio, para fundamentar la planeación estratégica, la cocreación, la innovación y la toma de decisiones basadas en evidencia.

3.

Hacer seguimiento a la implementación del Modelo de Relación Estado-Ciudadano, los escenarios de interacción y los canales de atención, con base en el análisis de percepción y experiencia ciudadana, el cumplimiento normativo y los resultados institucionales, para mejorar el acceso a la información, la participación y la oferta institucional.

4.

Formular y promover estrategias de participación ciudadana, rendición de cuentas, acceso a la información, racionalización de trámites y servicio al ciudadano, en articulación con las dependencias competentes y en concordancia con las políticas públicas vigentes, asegurando su integración al ciclo de la gestión institucional.

5.

Emitir lineamientos a las dependencias del Ministerio para garantizar el acceso efectivo, proactivo y comprensible a la información pública, aplicando los principios de transparencia activa, lenguaje claro y formatos accesibles, de acuerdo con las características de los grupos de valor.

6.

Orientar y acompañar la formulación, priorización e implementación de acciones de racionalización de trámites, otros procedimientos administrativos y servicios, de acuerdo con las necesidades de los ciudadanos, los lineamientos de simplificación y los enfoques de inclusión social y digital.

7.

Consolidar y socializar insumos sobre el estado del relacionamiento con la ciudadanía, para la toma de decisiones en materia de gobierno digital, integridad, comunicación pública y gestión documental, garantizando una articulación eficiente y basada en evidencia.

8.

Evaluar el impacto de las políticas de relacionamiento con el ciudadano mediante indicadores de percepción, experiencia y cumplimiento.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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