Micelio

Artículo 17

La Estructura Tarifaria Reconocerá Los Costos Marginales De Los Diferentes Servicios, Evitando Distorsiones Sobre El Costo Real De Los Insumos

Decreto 2147 de 1991 · por el cual se expide el Plan de Expansión Portuaria y se Reglamenta al Artículo 2° de la Ley 01 de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La estructura tarifaria reconocerá los costos marginales de los diferentes servicios, evitando distorsiones sobre el costo real de los insumos. No podrán incluirse en las tarifas costos que no sean típicos de la operación portuaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2147 de 1991