º. Facúltase al Municipio de Cartagena para que, por conducto de su Alcalde Municipal, establezca el cobro hasta el cuatro por mil por concepto de impuesto predial, en la forma en que esto se venía haciendo al entrar en vigencia el Decreto legislativo número 2473 de 1948.
Decreto 1201 de 1951 →Vigente
Artículo 1
Facúltase Al Municipio De Cartagena Para Que, Por Conducto De Su Alcalde Municipal, Establezca El Cobro Hasta El Cuatro Por Mil Por Concepto De Impuesto Predial, En La Forma En Que Esto Se Venía Haciendo Al Entrar En Vigencia El Decreto Legislativo Número 2473 De 1948
Decreto 1201 de 1951 · Por el cual se concede una facultad al Municipio de Cartagena para cobrar el cuatro por mil como impuesto predial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.