º Para tener derecho al tratamiento arancelario previsto en el artículo anterior, el interesado deberá cumplir los requisitos previstos en el artículo 2o. de este Decreto y acreditar con anterioridad a ello, la inexistencia de producción nacional de la mercancía, mediante certificación expedida por el Incomex.
Decreto 1930 de 1991 →Vigente
Artículo 4
º Para Tener Derecho Al Tratamiento Arancelario Previsto En El Artículo Anterior, El Interesado Deberá Cumplir Los Requisitos Previstos En El Artículo 2o
Decreto 1930 de 1991 · por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.