Reformase el artículo 66 del Decreto 1927 de 1975, en el sentido de que para la vigencia, fiscal en curso, las Intendencias y Comisarías puedan abrir créditos y efectuar traslados presupuéstales hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 1980.
Decreto 3266 de 1980 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3266 de 1980 · Por el cual se reforma el artículo 66 del Decreto 1927 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.