Recursos. Contra el acto administrativo que declare el abandono del bien procederá únicamente el recurso de reposición en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
(Decreto 696 de 2014 artículo 16)
Recursos
Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Recursos. Contra el acto administrativo que declare el abandono del bien procederá únicamente el recurso de reposición en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
(Decreto 696 de 2014 artículo 16)
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.