Micelio

Artículo 1

Decreto 1860 de 1955 · Por el cual se adscriben unas funciones a los administradores y recaudadores de hacienda nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Los Administradores y Recaudadores de Hacienda Nacional, vigilarán el cumplimiento de los contratos de arrendamiento de inmuebles para el servicio oficial en el respectivo Municipio, y serán responsables de las erogaciones indebidas motivadas por su negligencia y descuido. No permitirán la residencia particular de los empleados en los edificios de propiedad de la Nación, o arrendados a ella para sus oficinas y demás servicios a su cargo, salvo en los casos en que ello sea autorizado por disposiciones legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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