° La Federación Nacional de Ganaderos tendrá como objetivo principal el fomento de la ganadería nacional y la coordinación de los fondos ganaderos de que trata el presente Decreto. Por consiguiente, entre sus funciones estarán: colaborar con el Gobierno en el estudio y planeamiento del desarrollo ganadero del país; efectuar importaciones de ganado; celebrar con el Gobierno contratos para campañas de sanidad animal y de fomento ganadero; contratar, con la aprobación del Gobierno Nacional, empréstitos con destino a la ganadería; asesorar y facilitar la operación de los fondos ganaderos; propiciar la creación de cooperativas ganaderas; contribuir a la elaboración de estudios y estadísticas ganaderas; celebrar contratos con particulares destinados al incremento de la población ganadera, y los demás que señalen sus estatutos.
El Ministerio de Agricultura continuará su campaña relacionada con investigación ganadera.