Artículo segundo. Este Decreto rige desde de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Decreto 53 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Decreto 53 de 1960 · Por el cual se señalan los honorarios de los miembros de la Junta de Directores de la Empresa Colombiana de Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.