° Créase en la Zona de Edificios Nacionales de Antioquia, el cargo de Enfermero de las obras del edificio de la Administración del Puerto y del Hospital de Puerto Berrín, con asignación mensual de $ 220, la cual se pagará por partes iguales entre las dos obras mencionadas; - pero si una de ellas fuere terminada o suspendida por falta de fondos, dicha asignación se pagará con cargo a la obra que tuviere fondos disponibles. Zona de Edificios Nacionales del Valle, el sueldo del Enfermero de la Facultad de Agronomía dé la misma ciudad, quien tendrá a su cargo la atención de los trabajadores de las dos obras mencionadas. Comuníquese y publíquese.
Artículo 2
Créase En La Zona De Edificios Nacionales De Antioquia, El Cargo De Enfermero De Las Obras Del Edificio De La Administración Del Puerto Y Del Hospital De Puerto Berrín, Con Asignación Mensual De $ 220, La Cual Se Pagará Por Partes Iguales Entre Las Dos Obras Mencionadas; - Pero Si Una De Ellas Fuere Terminada O Suspendida Por Falta De Fondos, Dicha Asignación Se Pagará Con Cargo A La Obra Que Tuviere Fondos Disponibles
Decreto 2110 de 1949 · Por el cual se suprime un cargo; se crea otro y se indica la partida con la cual debe pagarse un sueldo
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.