Micelio

Artículo 20

Ley 58 de 1931 · Por la cual se crea la Superintendencia de Sociedades Anónimas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Superintendente podrá imponer todas las multas y sanciones a que le autoricen las leyes. Estas resoluciones o providencias serán apelables ante la Junta de Revisión establecida por el artículo 73 de la Ley 45 de 1923 . Una vez se firme las resoluciones sobre multas, serán pasadas por el Superintendente a la autoridad encargada de hacerlas efectivas, de acuerdo con el Código Fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1931