Micelio

Artículo 30

Decreto 2503 de 1987 · por el cual se dictan normas para el efectivo control, recaudo, cobro, determinación y discusión de impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligación de certificar la parte no gravada de los rendimientos financieros. Las entidades que paguen o abonen en cuenta rendimientos financieros, deberán informar a sus ahorradores el valor no gravable, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la Ley 75 de 1986. Esta información se podrá dar en el mismo certificado de retención en la fuente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2503 de 1987