° Los bienes clasificables en la posición 64.59.12.99 del Arancel de Aduanas tendrán un gravamen ad-valorem de 5% excepto los equipos de Extensión para películas d polipropileno y polietileno d ala y baja densidad para anchos de película de ciento cincuenta (150) pulgadas y producción de ochenta kilos por hora, las maquinas extrusoras para mangueras de polietileno hasta de cuatro (4) pulgadas de diámetro y producción máxima de noventa (90) kilos por hora, y las máquinas de soplado de recipientes hasta de dos (2) galones de capacidad, que tendrán un gravamen de 30%
Decreto 3860 de 1982 →Vigente
Artículo 3
Los Bienes Clasificables En La Posición 64
Decreto 3860 de 1982 · Por el cual se señalan gravámenes arancelarios para algunas posiciones de Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.