º Sanción en caso de nulidad. La violación de las normas procedimentales consagradas en el presente Decreto, dará lugar a la nulidad de lo actuado y el funcionario responsable será condenado en costas, o sancionado con la pérdida del empleo, a juicio del Ministro del Trabajo.
Decreto 616 de 1954 →Vigente
Artículo 9
Sanción En Caso De Nulidad
Decreto 616 de 1954 · Por el cual se modifican los Códigos Sustantivos y Procesal del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.