Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo para contratar la ejecución de tales obras, como también un empréstito destinado á ese objeto, en las condiciones de descuento inicial, intereses y amortización que estime aceptables, para contratar la ejecución de las obras y su explotación durante el término que se estipule, con una persona ó entidad que se encargue tanto de esa ejecución como de suministrar el capital necesario. Sobre el capital podrá garantizarse un interés hasta del seis por ciento (6 por 100) anual.
El pago del empréstito, de intereses y de comisiones, ó el de los intereses á que haya lugar en virtud de la garantía, podrá asegurarse con la parte libre del producto de la Aduana y con los demás rendimientos del puerto.