Los exámenes se verificarán en la capital de la República y en las capitales de los Departamentos. Los que se realicen en aquélla se harán bajo la inmediata dirección y vigilancia de la Selección respectiva del Ministerio de Educación y de los miembros del Jurado correspondiente; los que tengan lugar en las últimas, bajo el control de los Directores e Inspectores Nacionales de Educación y demás funcionarios que designe el Ministerio del ramo.
Decreto 431 de 1936 →Vigente
Artículo 14
Los Exámenes Se Verificarán En La Capital De La República Y En Las Capitales De Los Departamentos
Decreto 431 de 1936 · Por el cual se reglamentan los exámenes para optar por el título de bachiller
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.