Micelio

Artículo 8

Publicación En El Sistema Electrónico Para La Contratación Pública (Secop)

Decreto 1050 de 2014 · por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop). Toda entidad obligada a practicar la retención a causa de la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia, deberá publicar en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop) los documentos y actos administrativos relacionados con el proceso de contratación, en los términos previstos en el artículo 223 del Decreto número 19 de 2012 y el artículo 19 del Decreto número 1510 de 2013, independientemente de su régimen de contratación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1050 de 2014