Control de Zoonosis . En caso de zoonosis comprobada se aplicarán las normas vigentes establecidas por el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de. Salud o de sus autoridades delegadas, para su control y erradicación. El Ministerio de Salud, los Servicios Seccionales, las autoridades regionales y las locales, podrán ordenar la vacunación de las personas que se encuentran expuestas a contraer enfermedades, en caso de epidemia de carácter grave.
Decreto 2437 de 1983 →Vigente
Artículo 170
Control De Zoonosis
Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.