Tanto el Médico Visitador como la Enfermera del Dispensario Dermatológico que se crea por medio del presente Decreto, tendrán derecho a viáticos, a razón de $ 20.00 y $15.00 diarios respectivamente, durante 20 días de cada mes, y a gastos de transporte que serán pagados con cargo al Capítulo 285 articulo 2910 del Presupuesto de Rentas y Gastos dé la vigencia fiscal del presente año.
Decreto 1669 de 1956 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1669 de 1956 · Por el cual se restablece un Dispensario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.