Micelio

Artículo 174

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

-Las Unidades de Atención al Pensionado cumplirán las siguientes funciones

a)

Garantizar calidad, oportunidad y eficiencia en el reconocimiento de pensiones, indemnizaciones o auxilios y novedades de nómina de pensionados.

b)

Informar y asesorar al pensionado sobre distintos aspectos de la empresa y sus derechos específicos.

c)

Atender e informar a los afiliados que tengan el derecho al reconocimiento de prestaciones económicas.

d)

Atender las solicitudes de recursos administrativos.

e)

Coordinar y procesar el flujo de la información para garantizar integridad y eficiencia en el procesamiento de novedades de nóminas de pensionados y auxilios funerarios.

f)

Velar por la administración de los recursos de su área.

g)

Recopilar y procesar la información sobre las necesidades y requerimientos de los pensionados.

h)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994