El autor suministrara al Ministerio los originales de la obra y los dibujos que han de servir para los clisés de las ilustraciones. Pero el autor no perderá los derechos literarios de su obra, sino que será dueño de ella para si en cualquier tiempo quisiere vender la propiedad o hacer por su cuenta nuevas ediciones.
Ley 74 de 1937 →Vigente
Artículo 3
Ley 74 de 1937 · por la cual se ordena la publicación de la obra Biología General y Fisiología Comparada y se ordena la compra de Orientaciones Literarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.