Micelio

Artículo 7

Cobertura Del Subsidio

Decreto 4984 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007 en lo relacionado con el subsidio para compra de tierras, se establecen los procedimientos operativos y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cobertura del subsidio . Para el cálculo del monto del subsidio que corresponde a cada solicitud se adoptan los siguientes parámetros: 7.1. Cobertura del subsidio para compra de tierra

a)

Cuando el (los) solicitante (s) del subsidio carezca de tierra propia, el subsidio podrá cubrir el 100% del valor de la UAF;

b)

Cuando el (los) solicitante (s) del subsidio sea propietario de tierra productiva en una extensión igual o inferior al 25% de una Unidad Agrícola Familiar, el subsidio podrá cubrir el 100% del valor de la tierra que se requiere para completar la extensión de la UAF;

c)

Cuando el (los) solicitante (s) del subsidio sea propietario de tierra productiva en una extensión superior al 25% y hasta el 75% de una Unidad Agrícola Familiar, el subsidio podrá cubrir el 75% del valor de la tierra que se requiere para completar la extensión de la UAF;

d)

Cuando el (los) solicitante (s) del subsidio sea propietario de tierra productiva en una extensión superior al 75% de una Unidad Agrícola Familiar, pero inferir al 100% de la misma, el subsidio podrá cubrir el 50% del valor de la tierra que se requiere para completar la extensión de la UAF. 7.2. Cobertura del subsidio para financiar el proyecto productivo: Cuando los aspirantes al subsidio para compra de tierras así lo soliciten, el Incoder podrá otorgar un subsidio adicional para atender los requerimientos financieros del proyecto productivo, que será determinado según los siguientes parámetros: a) El 30% del valor del capital de trabajo para los cultivos de ciclo corto o las actividades pecuarias o pesqueras, por un período de dos años; b) El 30% del valor del capital de trabajo para los cultivos de tardío rendimiento, permanentes o semipermanentes, incluidos los forestales, por un período de cuatro años. Para determinar el valor máximo de este subsidio en cada caso se tomarán como base los montos a financiar de capital de trabajo que rigen para los créditos redescontados en Finagro para los cultivos o actividades correspondientes, ajustados por los porcentajes definidos en el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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