Micelio

Artículo 4

Constituirá Causal De Terminación De Los Contratos De Trabajo De Quienes No Están Escalonados Y De Les De Prestación De Servicios, Celebrados Con Particulares Por Entidades Públicas Del Orden Nacional, Departamental Y Municipal, Incluidas Las Descentralizadas, La Participación Del Trabajador O Del Contratista En Cualquiera De Los Hechos Determinados En El Articulo 2

Decreto 2132 de 1976 · Por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Constituirá causal de terminación de los contratos de trabajo de quienes no están escalonados y de les de prestación de servicios, celebrados con particulares por entidades públicas del orden nacional, departamental y municipal, incluidas las descentralizadas, la participación del trabajador o del contratista en cualquiera de los hechos determinados en el articulo 2

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2132 de 1976