Micelio

Artículo 4

Ley 76 de 1927 · Sobre protección y defensa del café

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El contrato que celebre el Gobierno con la Federación deberá ser por diez (10) años, prorrogable por periodos de igual tiempo, pero una vez terminado, no podrá seguir recaudándose el impuesto sobre el café que por esta Ley se establece.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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