Micelio

Artículo 43

Ley 1 de 1959 · Régimen de cambios internacionales y comercio exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La operación del Fondo de Regulación Cambiaria, en relación con los remates de certificados, estará a cargo de un Comité de Cambios integrado por el Ministro de hacienda y Crédito Público, el Gerente del Banco de la República y el Director del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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