Micelio

Artículo 45

Decreto 2233 de 1996 · Por el cual se establece el régimen de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Perfeccionamiento. Se aceptará como valor agregado nacional, las materias primas e insumos nacionales, o las materias primas e insumos extranjeros que se encuentren en libre disposición en el resto del territorio nacional, que se introduzcan temporalmente para ser sometidos a un proceso de perfeccionamiento en la Zona Franca, y luego se reimporten al resto del territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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