Micelio

Artículo 247

Se Recibirá Declaración Indagatoria Al Que En Virtud De Antecedentes Y Circunstancias Consignadas En El Proceso O Por Haber Sido Cogido In Fraganti Delito Considere El Funcionario Autor De La Infracción Penal O Partícipe En Ella

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se recibirá declaración indagatoria al que en virtud de antecedentes y circunstancias consignadas en el proceso o por haber sido cogido in fraganti delito considere el funcionario autor de la infracción penal o partícipe en ella. Esta diligencia se llevará a efecto dentro de las veinticuatro horas siguientes a aquella en que se hubiere verificado la captura o comparecencia del procesado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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