Micelio

Artículo 2

Decreto 99 de 2000 · Por el cual se modifica el Decreto 868 de 1999 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modificase el artículo 9 del Decreto 868 de 1999; el cual quedará así: "Artículo 9º. De los permisos . El Ministerio de Comunicaciones podrá otorgar títulos habilitantes que comprenden permisos para el uso de los canales del espectro radioeléctrico atribuidos y planificados en los siguientes ámbitos y con sujeción a la distribución de canales que se define a continuación

1.

En el ámbito nacional, dos (2) permisos; uno (1) para los canales radioeléctricos 1 y 4, y uno (1) para los canales radioeléctricos 2 y 5.

2.

En el ámbito local, un (1) permiso para los canales radioeléctricos 3 y 6 en cada municipio o distrito."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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