Micelio

Artículo 2.3.1.30

- Designacion Del Representante

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2.3.1.30.- DESIGNACION DEL REPRESENTANTE. El representante de los tenedores será inicialmente designado por la sociedad emisora. La asamblea general de los tenedores de bonos podrá en cualquier tiempo, remover el representante y designar en su reemplazo a otra corporación financiera o sociedad fiduciaria debidamente autorizadas para el efecto.

Parágrafo

El representante de los tenedores deberá convocar inmediatamente a la asamblea de tenedores para que decida sobre su reemplazo, cuando durante el curso de la emisión se encuentre en una situación que lo inhabilite para continuar actuando en tal calidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 653 de 1993