Micelio

Artículo 5

Ley 61 de 1943 · Por la cual se ordena la construcción de un edificio, se hace una cesión al Municipio de Cúcuta con destino a la educación pública y se ordena la compra de otro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El lote y edificio que la Nación cede al Municipio de Cúcuta por medio de esta Ley, será destinado para un colegio de segunda enseñanza, quedando el municipio obligado a la dotación de todos los enseres y elementos necesarios para su correcto funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 61 de 1943