°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su fecha de publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Desarrollo Económico, Carlos Julio Gaitán González.
Decreto 2422 de 1997 →Vigente
Artículo 5
°
Decreto 2422 de 1997 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Asesor de Política para la Microempresa de que trata el artículo 3° de la Ley 78 de 1988.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.