Micelio

Artículo 3

Decreto 1904 de 1973 · Por el cual se hace unas distribucion en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Departamento Administrativo de la Presidencia de la República), por la suma de $ 800.000.00 y $ 4.000.000.00

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . Para recibir las contribuciones de que trata este Decreto las Juntas de Acción Comunal deberán acreditar previamente su personería jurídica y el Tesorero de las mismas deberá deberán prestar fianza de manejo de acuerdo con las normas vigentes de la Contraloría General de la Republica a este respecto. Asimismo, se sujetaran a las prescripciones de esta entidad en cuanto a la rendición de las cuentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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