Micelio

Artículo 1

Suprímense Las Siguientes Oficinas: La Postal Y Telegráfica De Traslación De Fonseca (Magdalena); La Postal Y Telegráfica De Traslación De La Guayacana (Nariño); La Postal Y Telegráfica Intermedia De San Juan De César (Magdalena), Y La Telegráfica De Traslación De Valledupar (Magdalena)

Decreto 501 de 1930 · Por el cual se suprimen unas oficinas telegráficas y se crean otras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Suprímense las siguientes Oficinas: la Postal y Telegráfica de traslación de Fonseca (Magdalena); la Postal y Telegráfica de traslación de La Guayacana (Nariño); la Postal y Telegráfica intermedia de San Juan de César (Magdalena), y la Telegráfica de traslación de Valledupar (Magdalena).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 501 de 1930