Artículo único. Aclárase el artículo único del Decreto número 1939 de julio 30 de 1964, en el sentido de que el nombramiento hecho al doctor Edgar E. Valencia Cardona para desempeñar el empleo de Médico de Salud Pública I, Director, grado 15, de la Sección de Sanidad, Servicios Técnicos, en la Cárcel del Distrito dé Pereira, perteneciente a la División de Penas y Medidas de Seguridad, surte efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1964. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2701 de 1964 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2701 de 1964 · por el cual se aclara el artículo único del Decreto número 1939 de julio 30/64, del Ministerio de Justicia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.