º. Reconocimiento físico del vehículo motocicleta o embarcación. A más tardar el día siguiente del ingreso del vehículo, motocicleta o embarcación a la Zona de Frontera para la cual fue autorizada la internación, o al día siguiente de otorgarse su prórroga, el interesado deberá presentarlo ante el funcionario que se designe para su reconocimiento físico. Efectuada dicha diligencia, el funcionario deberá adherir al vehículo una calcomanía que prescriba la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales que indique la fecha de vencimiento de la autorización o de su prórroga.
Para efectos de control, además de la calcomanía, deberá portarse el documento único de internación temporal.