Micelio

Artículo 39

Desaparición Y Disminución Subsidio Familiar

Decreto 610 de 1977 · Por el cual se modifica el Estatuto de Personal Civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desaparición y disminución Subsidio Familiar . El Subsidio Familiar desaparece y disminuye por los siguientes hechos: a) Desaparece por muerte del cónyuge, si no hubiere hijos legítimos. Disminuye por razón de los hijos: por muerte; por emancipación; por matrimonio; por profesión religiosa por independencia económica; por haber llegado a la edad de 21 años, salvo a las hijas célibes, los hijos inválidos absolutos y los estudiantes hasta la edad de 24 años, cuando se demuestre que dependen económicamente del empleado.

Parágrafo

Para los efectos de este Estatuó, se entiende por hija célibe la que nunca ha contraído matrimonio; y por dependencia económica, el hecho de que la persona dependiente no devengue ningún sueldo ni tenga rentas propias superiores al salario mínimo legal más alto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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