º Las personas de quienes dependan, legal o convencionalmente los individuos de veinte años de edad, están obligadas a hacer a la Alcaldía las declaraciones a que se contrae el artículo 2.º del presente Decreto, y en caso de omisión podrán ser condenadas a una multa de cinco a diez pesos oro.
Decreto 897 de 1913 →Vigente
Artículo 5
Las Personas De Quienes Dependan, Legal O Convencionalmente Los Individuos De Veinte Años De Edad, Están Obligadas A Hacer A La Alcaldía Las Declaraciones A Que Se Contrae El Artículo 2
Decreto 897 de 1913 · Sobre inscripción para los efectos del servicio militar obligatorio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.