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Artículo 94

Acto_legislativo 1 de 1945 · ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1945, 18/06/1945, Por el cual se confieren algunas atribuciones al director de la policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para artículo 210 de la Constitución:

ARTÍCULO 210

Las funciones del Contralor General serán determinadas por la ley. Tendrá, además, las siguientes atribuciones especiales:

1.

Llevar las cuentas generales de la Nación, inclusive la de la deuda pública interna y externa;

2.

Prescribir los métodos de la contabilidad de todas las dependencias nacionales y la manera de rendir cuentas los empleados responsables;

3.

Exigir informes a los empleados públicos nacionales, departamentales o municipales, sobre su gestión fiscal;

4.

Revisar y fenecer las cuentas de los responsables del Erario;

5.

Proveer los empleos de su dependencia creados por la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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