Artículo sexto. Los sueldos y demás gastos de la División de Salud Ocupacional, se cubrirán, por el resto de la presente vigencia, con cargo a las apropiaciones que para el organismo denominado Departamento de Salud Ocupacional existen en el presupuesto del Ministerio de Salud Pública.
Decreto 2687 de 1960 →Vigente
Artículo 6
Decreto 2687 de 1960 · Por medio del cual se determina, en forma parcial, el personal de planta del Ministerio del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.