Micelio

Artículo 1

Créase En La Ciudad De Cali Una Cámara De Comercio Compuesta De Nueve Miembros

Decreto 669 de 1910 · Por el cual se crea la Cámara de Comercio en Cali

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase en la ciudad de Cali una Cámara de Comercio compuesta de nueve miembros.

Parágrafo

El Gobernador del Departamento del Valle convocará oportunamente treinta comerciantes de la cíudad de Cali, para que reunidos en Junta elijan los nueve que han de constituir la Cámara.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 669 de 1910